8 febrero, 2025

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Acuerdan dar mayor funcionalidad y transparencia a la labor legislativa

Publicado por: La nota central
22 diciembre, 2021
Hermosillo, Son., noviembre 9 de 2021.- Con el objetivo de dar mejor funcionalidad, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y profesionalismo a la labor legislativa en el Congreso del Estado, el Pleno aprobó reformas y adiciones a la Ley Orgánica del Poder Legislativo, en sesión en la que por mayoría no se aprobó la ratificación del Fiscal especializado en materia de delitos electorales ni del personal administrativo de nivel subdirección y superiores de este Poder.

La iniciativa con proyecto de Decreto que reforma y adiciona la Ley Orgánica de esta Soberanía fue presentada por los grupos parlamentarios de Morena, del Trabajo, de Nueva Alianza Sonora y del Verde Ecologista de México, y por la representación parlamentaria del Partido Encuentro Solidario, bajo el considerando de que es necesario contar con un Congreso del Estado más transparente, que rinda cuentas a la ciudadanía, genere una percepción ciudadana más favorable hacia la institución y ponga en el centro de su labor legislativa la coparticipación ciudadana en la toma de decisiones.

“Con las propuestas planteadas se busca contar con un procedimiento legislativo adecuado, eficiente y eficaz, que cubra las expectativas de ofrecer productos de calidad, viables jurídica, social, económica y pragmáticamente en la atención de los problemas o cualquier otra situación que nuestra sociedad requiera y que además se genere una cultura de rendición de cuentas y de conductas apegadas a las buenas prácticas, a efecto de evitar el conflicto de interés en la función legislativa”, expuso el diputado Fermín Trujillo Fuentes.

En la parte expositiva se aclara que algunas modificaciones que se plantean a la Ley Orgánica del Poder Legislativo están motivadas por algunas acciones incorrectas que se vivieron en la anterior Legislatura, las cuales no deben repetirse, como el que legisladores no tengan el derecho de tener acceso, de manera precisa, suficiente y oportuna, de la información generada en este Poder.

Otra observación que se menciona es que anteriormente no se enteraban, en su calidad de representantes populares, del uso y manejo de los recursos que forman parte del presupuesto del Congreso, supeditando dicho derecho a la decisión del personal directivo y a la autorización de cierta comisión, lo que generó, de manera reiterada, que se aprobaran proyectos presupuestales sin la venia del Pleno y, por lo tanto, sin el conocimiento de la mayoría de sus integrantes.

Se establecen como principios fundamentales las medidas de austeridad en la conformación del Presupuesto de Egresos del Congreso y de todo aquello que permita su aplicación de manera eficiente y transparente; se contará con un Código de Conducta apegado a los principios éticos y de probidad para el ejercicio de su función legislativa como institución y la de sus integrantes, a efecto de crear una cultura de ética y buenas prácticas parlamentarias al interior de este Poder, y evitar el conflicto de interés o la opacidad en la construcción de presupuestos y de su aplicación.

También se establece garantizar el derecho constitucional de los integrantes del Poder Legislativo a tener acceso directo a la información financiera, administrativa o de otra naturaleza que se integra en el Congreso del Estado, ya que actualmente se presenta una restricción a los mismos que contraviene sus derechos, la transparencia y rendición de cuentas, así como ampliar el tiempo de ejercicio o duración de los integrantes de la mesa directiva en periodo ordinario y extraordinario, ya que con esto se motiva una continuidad, mejor asentamiento y funcionamiento en la dinámica de conducción legislativa.

Se aprobó que la Presidencia de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política dure un año legislativo y que las mesas directivas sean elegidas por la mayoría absoluta de los diputados presentes en la sesión del Pleno correspondiente; en su integración prevalecerá el principio de paridad y alternancia de género.

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